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La Guardia Urbana de Barcelona es la policía local de la ciudad. Sus funciones se fijan en la Ley 16/1991, de las policías locales de Cataluña (artículos 11 y 12), en el marco de la LO 2/1986. El agente realiza tareas de seguridad ciudadana, tráfico, policía administrativa y judicial, protección civil y vigilancia del espacio público.
Qué hace exactamente cada día un miembro del cuerpo una vez supera las oposiciones.
Velar por la seguridad ciudadana y colaborar en el mantenimiento del orden público en la ciudad.
Ordenar y dirigir el tráfico e instruir los atestados de accidentes de circulación dentro del núcleo urbano.
Hacer cumplir las ordenanzas, los bandos y las demás resoluciones y disposiciones municipales.
Auxiliar a los jueces, los tribunales y el ministerio fiscal en sus funciones (artículo 12).
Prestar auxilio e intervenir en accidentes, catástrofes y calamidades públicas dentro del término municipal.
Proteger a las autoridades municipales y vigilar y custodiar los edificios y las instalaciones municipales.
Velar por el uso adecuado de las vías y del espacio público de la ciudad.
Colaborar en la protección del medio ambiente en el ámbito municipal.
Fuente legal
Ley 16/1991, de 10 de julio, de las policías locales de Cataluña
La Ley 16/1991, de las policías locales de Cataluña, regula las funciones de la Guardia Urbana de Barcelona en los artículos 11 y 12, en el marco de la LO 2/1986.
Dudas habituales resueltas con la información oficial más actualizada.
La seguridad ciudadana y el orden público, el tráfico y la seguridad vial, la policía administrativa, la policía judicial, la protección civil y el auxilio, la protección de autoridades y la vigilancia del espacio público y del medio ambiente.
Sí. Ordena y dirige el tráfico e instruye los atestados de accidentes de circulación dentro del núcleo urbano.
La Ley 16/1991, de 10 de julio, de las policías locales de Cataluña (artículos 11 y 12), en el marco de la LO 2/1986, de fuerzas y cuerpos de seguridad.